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Ciudad de México., a 27 de agosto del 2026. — Por unanimidad en sus temas centrales, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las candidaturas independientes en el estado de Michoacán podrán competir en los procesos electorales sin el respaldo de un partido político, pero de manera estrictamente individual, quedando prohibido realizar campañas o alianzas en conjunto con otros aspirantes bajo esta misma figura.

Al avalar la regulación electoral vigente en la entidad, el máximo tribunal del país sostuvo que las candidaturas ciudadanas fueron concebidas normativamente para contender de forma aislada. Permitir alianzas, coaliciones o actos de proselitismo unificados entre distintos candidatos independientes, argumentaron las y los ministros, desvirtuaría la naturaleza jurídica y el propósito original de esta modalidad de participación.

Paralelamente, la resolución de la SCJN fijó un criterio de protección para los participantes, al establecer que las autoridades electorales no podrán imponer sanciones a los aspirantes independientes basándose en interpretaciones ambiguas del marco legal ni en meras “percepciones” o supuestos carentes de sustento probatorio objetivo.

Con esta determinación, el tribunal constitucional deja firme las reglas de juego para los futuros comicios en Michoacán, garantizando el derecho a la participación ciudadana sin partido pero delimitando sus alcances y brindando certeza jurídica frente a la actuación de los órganos fiscalizadores y sancionadores.

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